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aparcar en batería


pegamoide

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soy un advenedizo smartlover impaciente porque me entreguen mi primer smart, un pulse de 84cv, y tengo muchas preguntas que hacer a los más expertos...

hoy quería haceros estas preguntas:

¿se puede aparcar el nuevo f2 en batería?

¿es aconsejable?

¿no se expone así a golpes en las puertas y a multas?

¿que experiencias tenéis sobre este particular?

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Pues según el codigo de la circulación, Capitulo VIII, sección 1, articulo 91.1 91.2, y 92.1, no te pueden multar.

ARTÍCULO 91. Modo y forma de ejecución

1. La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo y el evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor (artículo 38.3 del texto articulado).

ARTÍCULO 92. Colocación del vehículo

1. La parada y el estacionamiento se realizarán situando el vehículo paralelamente al borde de la calzada. Por excepción, se permitirá otra colocación cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen.

2. Todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que permita la mejor utilización del restante espacio disponible.

Además ¿tu has visto la señal de prohibido estacionamiento en batería?

Y en cuanto a lo que te lo puedan arañar, pues ese es el riesgo, pero a eso te expones en cualquier aparcamiento.

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yo la experiencia que tengo es que siempre y cuando el coche no salga mucho a la carretera o obstaculice de alguna forma al resto de coches no pasa nada, no tienen porque multarte, yo muchas veces lo dejo asi por Madrid y no pasa nada, ni un arañazo ni una multa, procura dejar algo mas de margen entre tu coche y el resto y listo.

un saludo

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con los sabios consejos de mecolas

y las oportunísimas aportaciones jurídicas de intruder

junto con mi minicámara de vídeo flip mino,

pienso aparcar mi futuro f2 muchas veces en batería,

filmarlo siempre que así lo haga (ya os haré un popurri vía foro)

y en caso de multa o golpe, reclamar

get smart!

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De acuerdo, pero en condiciones normales el Smart (2,50 m. de largo) sobresaldrá de los coches aparcados en línea (unos 1,80 m. de ancho d media, ¿no?). Eso, o subirlo un poco a la acera para que no sobresalga, con lo que también te pueden multar. Evidentemente, depende mucho de la voluntad del agente; normalmente, hacen la "vista gorda".

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De acuerdo, pero en condiciones normales el Smart (2,50 m. de largo) sobresaldrá de los coches aparcados en línea (unos 1,80 m. de ancho d media, ¿no?). Eso, o subirlo un poco a la acera para que no sobresalga, con lo que también te pueden multar. Evidentemente, depende mucho de la voluntad del agente; normalmente, hacen la "vista gorda".

aparca una mercedes sprinter en un sitio asi y dime lo que sobresale; lo mismo o mas que un smart.

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esto es una discusión muy repetida, y si es cierto que con suerte no te multan

pero tampoco te multan por pasarte variso semáforos en rojo, si no te ven, o

pasas la itv con algo en mal estado por suerte,

pero es "suerte" y yo no querría depender de la suerte

-

os imagianis un aparcamiento en batería, que llegue alguien y aparque en línea....

está mal hecho y lo pueden multar, porque hay OBLIGACION de aparcar en

batería, y si lo haces en linea te multan

Pues lo mismo al revés, si por ley, por defecto se aparca en línea, no se puede

aparcar en batería, que no te multan... pues ha sido suerte o que el guardia no

lo ha visto bien, o cualquier cosa, pero poder... no se puede

y estar filmando, exponiéndose a golpes, y reclamaciones... lo veo un exceso

de curro y preocupación.

aparcar en batería, donde se debe aparcar en línea, NO ES LEGAL, no hay más

siento ser tan claro, pero yo no lo hago porque no es legal y no me quiero exponer

a multas, y porque pueden romperme algo, y no quiero exponerme a problemas...

(lo he preguntado a muchos guardias, y todos coinciden, que es multable)

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vamos a ver...

justo donde yo trabajo, se aparca en la calle legal y gratuitamente

prácticamente todos lo hacen en línea

pero no hay ninguna señal (ni siquiera pintada en el suelo) que diga que en ese lugar se deba aparcar en línea

¿por qué entonces yo, si decido aparcar mi f2 en batería, porque encuentro un hueco cojonudo, sin obstaculizar ni a peatones ni a otros vehículos, debería asumir que son los demás coches los que lo están haciendolo bien, y yo mal, si, tal y como muy bien apunta intruder, la ley me lo permite?:

Pues según el codigo de la circulación, Capitulo VIII, sección 1, articulo 91.1 91.2, y 92.1, no te pueden multar.

ARTÍCULO 91. Modo y forma de ejecución

1. La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo y el evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor (artículo 38.3 del texto articulado).

ARTÍCULO 92. Colocación del vehículo

1. La parada y el estacionamiento se realizarán situando el vehículo paralelamente al borde de la calzada. Por excepción, se permitirá otra colocación cuando las características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen.

2. Todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que permita la mejor utilización del restante espacio disponible.

Además ¿tu has visto la señal de prohibido estacionamiento en batería?

Y en cuanto a lo que te lo puedan arañar, pues ese es el riesgo, pero a eso te expones en cualquier aparcamiento.

vistas las cosas, no me supondrá nada de “exceso de curro” filmar mi aparcamiento legal en batería con mi minicámara flip mino (que llevo siempre en mi bolsillo), en caso de que crea que se me pueda multar (o golpear) injustamente.

Editado por pegamoide
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aparcar en batería, donde se debe aparcar en línea, NO ES LEGAL, no hay más

(lo he preguntado a muchos guardias, y todos coinciden, que es multable)

Siento discrepar de tu opinión, no es legal, pero quizas tampoco es ilegal. no le preguntes a guardias que no tienen ni idea de como rellenar un formulario de multas, siendo ese su trabajo, y tampoco saben de leyes, preguntale a abogados procuradores o jueces, tal y como yo he echo.

Leete bien los articulos del Código y en ningún sitio habla de la prohibición del aparcamiento en batería, si habla de no molestar y de optimizar el espacio.

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Nadie dice que no puedes hacerlo. Otra cosa es que la calle sea muy estrecha. Si es muy estrecha no te lo aconsejo x los golpes q te puede dar cualquier furgoneta que pase por ahí, pero si la calle es amplia, x ejemplo una calle del centro, entonces sí que puede aparcar.

Intenta hacerlo entre 1 coche y 1 cubo de basura. Asi reduces el riesgo q te den en la puerta en 50% (ya que el cubo de basura no se mueve) y ademas no vas a sobresalir tanto ya que el cubo tambien suele sobresalir asi que te camuflas mejor.

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Bueno, recordad que luego están las ordenanzas municipales, y que son distintas en cada localidad. Hay sitios que en que esta regulado, y sitios que no, además como bien es sabido, no es lo que la ley dice, es lo que se interpreta que dice, o lo que es lo mismo, lo que para mi es nítidamente blanco, para el agente o el juez o quien sea, puede ser gris o incluso un negro contrastado. Es igual que lo de los "baches" antivelocidad, cada localidad tiene sus maneras, pues no hay ninguna normativa al respecto. En cataluña, el año que viene lo regularán, y puede ser distinto a lo que aprueben en otro sitio. En lo que si estoy de acuerdo es en lo de los agentes, que ellos no saben todas las normas, ni ordenanzas, ni edictos municipales. Basta que pregunteis como yo he hecho, si se puede llevar a un niño (sillita) en el asiento del copiloto en un smart. Muchos no saben la diferencia entre silla, elevador, capazo.... Respuestas de todos los gustos. Un saludo.

Editado por smartkee
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Pues yo le pregunte a dos guardias municipales de Madrid y su comentario fue que se puede siempre y cuando:

Dejemos más de 2.5 m libres de ancho de calzada (o carril según el caso)

No exista una indicación que lo prohiba explicitamente

No dificultemos la circulación (por ejemplo por estar cerca de una esquina o un lugar donde se requiera más espacio para girar e incluso en un lugar sin visibilidad).

Pero también cuidado en que el coche no tiene que sobresalir más de los 2.5 metros.

Lamentablemente sólo lo tengo de palabra y no en un documento oficial del ayuntamiento. De todas formas, a mi nunca me han multado cumpliendo lo anterior y en algunos casos he llegado a aparcar así delante de la Policia

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