Jump to content

niños pequeños


maspalomas

Recommended Posts

Ultima reforma del RGC de 01/09/06:

El artículo 117 queda redactado de la siguiente manera:

«1. Se utilizarán cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados, correctamente abrochados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas:

a) Por el conductor y los pasajeros:

1.º De los turismos.

2.º De aquellos vehículos con masa máxima autorizada de hasta 3.500 kilogramos que, conservando las características esenciales de los turismos, estén dispuestos para el transporte, simultáneo o no, de personas y mercancías.

3.º De las motocicletas y motocicletas con sidecar, ciclomotores, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, cuando estén dotados de estructura de protección y cinturones de seguridad y así conste en la

correspondiente tarjeta de inspección técnica.

B) Por el conductor y los pasajeros de los asientos equipados con cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados de los vehículos destinados al transporte de mercancías y de los vehículos mixtos.

c) Por el conductor y los pasajeros de más de tres años de edad de los asientos equipados con cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados de los vehículos destinados al transporte de personas de más de nueve plazas, incluido el conductor.

De esta obligación deberá informarse a los pasajeros por el conductor del vehículo, por el guía o por persona encargada del grupo, a través de medios audiovisuales o mediante letreros o pictogramas, de acuerdo con el modelo que figura en el anexo IV, colocados en lugares bien visibles de cada asiento.

2. La utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:

a) Respecto de los asientos delanteros del vehículo:

Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.

B) Respecto de los asientos traseros del vehículo:

1.º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso.

2.º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso o el cinturón de seguridad para adultos.

c) Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal,

a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.

3. Los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.

4. En los vehículos a que se refieren el apartado 1.a) 1.º y 2.º y B) que no estén provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar niños menores de tres años de edad. Además, los mayores de tres años que no alcancen los 135 centímetros de estatura deberán ocupar un asiento trasero.

5. El hecho de no llevar instalado el vehículo los cinturones de seguridad cuando sea obligatorio de acuerdo con lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos, tendrá la consideración de infracción muy grave conforme se prevé en el artículo 65.5.l) del texto articulado, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda de este reglamento.»

Espero que te sirva. Saludos.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios

Esa fue una pregunta que le hice al vendedor antes de comprar mi smart, las que lo usarán principalmente son mi mujer y mi hija (de 3 mesecitos), a mi me queda hasta febrero, para disfrutar de él antes de que mi mujer empieze a trabajar de nuevo. Me estoy desviando, el caso es que hay una silla marca Mercedes que viene con un aparatejo de nombre rarito (traspondedor) que cuando lo enchufas al cierre del cinturón de seguridad desactiva el airbag del pasajero, esto está totalmente homologado, la silla no es de las mejores pero no está mal, lo malo es que cuesta la friolera de 600 euracos en el concesionario.

Ojo la silla es de Mercedes, Smart tiene su propia silla pero no lleva el aparatejo raro.

Te doy 2 alternativas más económicas:

1) ir al Smart center más cercano y pedir que te quiten el fusible del airbag del pasajero (no homologado)

2) ir a un taller y pedir que te saquen un interruptor del cable que va al fusible del airbag para encenderlo o apagarlo según convega. (no homologado)

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios

smartiano, creo que el comercial que te vendió el smart no estaba muy puesto sobre las sillitas...

smart tiene un dispositivo que detecta si la sillita está puesta, y, de ser así, desactiva el o los airbags del acompañante. no es una silla de Mercedes, es una silla de smart.

y existe una silla para grupo 0, llamada asiento-cuna para bebés.

http://www.tiendasmart.com/product_info.php?cPath=1_8_25&products_id=147

Para niños mayores, como van sentados hacia alante, no hace falta desactivar el airbag, es más, mucho mejor dejarlo puesto por si acaso...

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios

Espera, espera que aún me vas a ahorrar 400 euracos, entonces cuando el niño va hacia delante, no es necesario desactiva el airbag si no todo lo contrario, es mejor que funcione...

Me sé de un vendedor que me va a oir... menos mal que aún no he firmado nada... la sillita se la come como que me llamo David.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios

El isofix está muy bien y nunca está de más, pero mientras el airbag este funcionando es un peligro.

Que tiene que ver el isofix con el airbag???

el isofix son unos anclajes para la silla para ponerla y quitarla rapido sin tener que liarla con el cinturon. Pero es solo eso una fijacion que trae el asiento para la silla. Luego a parte necesitas que traiga cinturones o apañar el del asiento para el niño.

Obviamente la sillita ha de soportar el isofix si no no te sirve de nada, es una comodidad si la usas mucho poniendo y quitandola, pero es un plus que la mayoria de las sillas no traen, solo vienen en gama alta o especificas, que son mas caras vamos.

Creo que protech tenia un chisme para ponerselo al enganche del cinto y desactivar el airbag en los f2.

Por cierto hay que quitarlo en sillas en contramarcha (mirando para atras) y en el resto segun el tipo que sean.

Enlace al comentario
Compartir en otros sitios

Únete a la conversación

Puedes publicar ahora y registrarte más tarde. Si tienes una cuenta, inicia sesión para publicar con tu cuenta.

Invitado
Responder en este tema...

×   Has pegado contenido con formato.   Quitar formato

  Only 75 emoji are allowed.

×   Your link has been automatically embedded.   Display as a link instead

×   Your previous content has been restored.   Clear editor

×   You cannot paste images directly. Upload or insert images from URL.

Cargando...
×
×
  • Create New...

Información Importante sobre Cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrar a los usuarios publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si se continúa navegando, consideramos que se acepta su uso. Es posible cambiar la configuración u obtener más información aquí. Aviso Legal